miércoles, 18 de febrero de 2009

La Justicia ordena suspender la Resolución que solo habilita a las Universidades a auditar estaciones de servicio
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 6 resolvió hacer lugar a la medida cautelar formulada por una empresa auditora de seguridad y, en consecuencia, ordenó la suspensión de la Resolución Nº 266/08, del Ministerio de Planificación Federal hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la causa.
El Juez Federal interviniente del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 6 resolvió hacer lugar a la medida cautelar formulada una empresa auditora de seguridad y, en consecuencia, ordenó la suspensión de la Resolución Nº 266/08, del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios que solo habilita a las Universidades Nacionales a auditar estaciones de servicio.
La decisión judicial establece paralizar todos los actos de aplicación dictados o que se dicten en consecuencia de dicha resolución y además el restablecimiento provisorio de la vigencia del registro instituido por las resoluciones de la Secretaría de Energía 419/93 y 404/94 (modificadas mediante la resolución 785/05). En ese sentido dispuso la rehabilitación para funcionar de todas las firmas que hasta la sanción de la normativa se encontraban realizando tareas de auditoría en estaciones de servicio y la inaplicabilidad del registro creado mediante la resolución impugnada en autos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva a la causa.
La Resolución 266/08 de la Secretaría de Energía dispuso sustituir a las empresas de Auditoría y profesionales habilitados a tal fin por un Registro de Universidades Nacionales que serán las encargadas de realizar los controles técnicos, ambientales y de seguridad en estaciones de servicio.

El listado de empresas habilitadas sugerimos buscarlos en la pagina web: www.energia.gov.ar

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